Ley Drones en España

¡Hola amigo! s800-evo
facilÚltimamente son frecuentes las preguntas del tipo, ¿y que opina la ley de todo esto?
Pues bien, vamos hoy con un manualete de la Ley de Drones en España y que no queden dudas sobre que podemos y que no podemos hacer:
El ministerio de fomento ultima la reglamentación específica para drones.
Hasta el momento, lo que tenemos es un comunicado de la autoridad competente (AGENCIA ESTATAL DE SEGURIDAD AEREA) http://www.seguridadaerea.gob.es/media/4229776/el_uso_de_los_drones.pdf

Pero… ¿Que necesitamos para pilotar un dron?

Se distinguen dos casos de uso, fines deportivos o de recreo y fines comerciales. Dependiendo del uso hay una normativa u otra.

Phantom 2

En el primer caso, fines deportivos y de recreo, podrán usarlo en las zonas habilitadas para ello, conforme a la normativa que regula las actividades de aeromodelismo. Deben consultar la normativa de su municipio o comunidad autónoma, además se recomienda que se pongan en contacto con algún club de aeromodelismo de su localidad para poder volar los aeromodelos con seguridad. En ningún caso podrán utilizarlos para una actividad profesional o con carácter comercial.

s800-evo
En el segundo, el uso con fines comerciales, eso… ya es otro cantar:
La realización de trabajos especializados (también llamados trabajos aéreos), como son las filmaciones aéreas, los de vigilancia, de detección y / o extinción de incendios, de cartografía, de inspección, etc., tal como indican los artículos 150 y 151 de la Ley 48/1960 sobre Navegación Aérea, requiere autorización por parte de AESA, y hasta que no esté aprobada la nueva normativa específica que regule el uso de este tipo de aparatos, AESA no puede emitir dichas autorizaciones porque carece de base legal para ello. Por tanto, utilizar drones para la realización de este tipo de trabajos con fines profesionales o comerciales sin autorización es ilegal y está sujeto a la imposición de las correspondientes sanciones.
Así que por el momento y hasta aprobación de la nueva ley, queda restringido el vuelo con fines comerciales y limitado el uso lúdico.

De modo que por el momento, si quieres volar te recomendamos un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños a terceros. Revisa tu póliza de hogar que en algunos casos lo cubre y en otros avisando y pagando una pequeña prima lo incluyen en la póliza.

Y sobretodo prudencia para no poner en peligro a nadie cuando vueles. Si es posible tienes que hacerlo en lugares habilitados para ese fin.

Y ya sabes, si quieres uno: Pincha aquí y elige el que mas te guste. 

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